La inversión en patrocinio tiene diferentes ventajas fiscales:
La inversión en patrocinio deportivo se considerá gasto de empresa y tendrá derecho a deducir el 35% de la cantidad invertida.
Además, al considerarse nuestra actividad deportiva "de interés social", deducirá otro 20% más de lo invertido.
Es decir, ahorrará a la hora de pagar el impuesto de sociedades el 55% de la cantidad invertida en patrocinio.